miércoles, 9 de marzo de 2011

Letra pequeña

No se permite que los pasajeros introduzcan los siguientes artículos en la zona restringida de seguridad ni en la cabina del avión: pistolas y armas, incluidas las de fuego; cualquier objeto capaz o que parezca capaz de disparar un proyectil o provocar lesiones, entre los que se incluyen: todas las armas de fuego (pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc.), réplicas o imitaciones de armas de fuego, piezas de armas de fuego (con la excepción de las miras y los dispositivos de visión telescópica), pistolas y rifles de aire comprimido y armas de balines. Pistolas de bengalas, pistolas de fogueo, pistolas de juguete de todo tipo, pistolas de cojinete de bolas, pistolas industriales de clavos o remaches, ballestas, catapultas y arpones, instrumentos para el sacrificio de animales, instrumentos que puedan provocar la pérdida de conciencia o aparatos que produzcan descargas eléctricas como picanas eléctricas, armas balísticas de energía (láser) o encendedores con forma de arma.
Armas blancas y objetos afilados: objetos con filo o cuchilla capaces de provocar daños, como hachas, flechas y dardos, crampones (pieza metálica de sujeción, gancho de hierro o suelas con clavos utilizadas en montañismo), arpones, hachas y punzones para el hielo, patines de hielo, navajas plegables o navajas automáticas independientemente de la longitud de la hoja; cuchillos, incluidos los cuchillos ceremoniales, con función religiosa o de caza fabricados en metal o cualquier material suficientemente resistente para poder ser utilizados como arma potencial; cuchillos de carnicero, machetes, hojas de afeitar (con la excepción de las hojas de seguridad o de un solo uso dentro de un cartucho), sables, espadas y puñales, escalpelos o bisturís, tijeras independientemente de la longitud de la hoja; bastones de esquí o senderismo, estrellas ninja y herramientas de bricolaje que, potencialmente, puedan utilizarse como un arma con punta u hoja, como brocas, piezas de brocas, cúteres, cuchillos de uso doméstico, sierras de todo tipo, destornilladores, palancas, martillos, alicates, llaves o llaves inglesas y sopletes.
Instrumentos romos: cualquier instrumento romo capaz de provocar daños, como bates de béisbol y softball; palos o bastones, rígidos o flexibles, como por ejemplo: porras, blackjacks (porra recubierta de piel con núcleo flexible), porras y bastones de policía, palos de críquet, golf, hockey, hurley y lacrosse, palas de kayac y canoa; monopatines, tacos de billar, snooker y billar americano, cañas de pescar y equipamiento de artes marciales, como puños de hierro, palos, porras, nunchakus, kubatons y kubasaunts.
Sustancias explosivas o inflamables: cualquier sustancia explosiva o altamente inflamable que suponga un riesgo para la salud de los pasajeros y la tripulación o la seguridad del avión u otros materiales, lo que incluye elementos como munición, detonadores de mecha, detonadores, explosivos y aparatos explosivos, réplicas o imitaciones de material o dispositivos explosivos, minas u otro material militar explosivo y granadas de todo tipo; gas y contenedores de gas, como butano, propano, acetileno y oxígeno, en grandes cantidades; fuegos artificiales, todo tipo de bengalas y otro material pirotécnico (incluidas las bombas de confeti y pistolas de fogueo), cerillas que no sean de seguridad, latas o cartuchos de humo y líquidos inflamables, como petróleo o gasolina, gasóleo, líquido de encendedor, alcohol, etanol, aerosoles de pintura, trementina y disolvente de pintura, y bebidas alcohólicas de una graduación superior al 70% del volumen (resistencia al 140%).
Sustancias químicas o tóxicas: cualquier sustancia química o tóxica que ponga en peligro la integridad de los pasajeros y la tripulación, o bien la seguridad del avión y los objetos que contiene, entre las que se incluyen: ácidos y alcalinos, como baterías "húmedas" que puedan derramar líquido; sustancias corrosivas o blanqueadoras, como mercurio, cloro o aerosoles paralizadores, por ejemplo, macis, aerosoles de pimienta o gas lacrimógeno; material radioactivo, como isótopos de uso médico o comercial; venenos; material infeccioso o que comporte riesgo biológico, como sangre infectada, bacterias y virus; material susceptible de ignición o combustión espontánea y extintores (excepto los autorizados por los protocolos antiincendios y los que pertenezcan al equipo de emergencia del avión).
Ningún equipaje, ya se haya facturado o no, puede contener pistolas, munición, armas de fuego y de otros tipos (incluidas las réplicas), pinturas, sorpresas explosivas de broma ("Christmas crackers") o artículos con motores de combustión interna tales como motosierras, aviones de aeromodelismo, segadoras de césped, etc.
RYANAIR

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